- Intereses provenientes de créditos externos: 4.99%, siempre que se acredite el ingreso de la moneda al país y que el interés anual a rebatir no sea superior a la tasa preferencial predominante en la plaza de donde provenga más 3 puntos
- Intereses que abonen al exterior las empresas bancarias y las empresas financieras establecidas en el país como resultado de la utilización en el país de sus líneas de crédito en el exterior: 1%.
- Dividendos y otras formas de distribución de utilidades recibidas de las personas jurídicas: 4.1%.
- Regalías: 30%.
- Asistencia Técnica: 15%
- Otras rentas: 30%.
- Las personas naturales, calcularán su impuesto aplicando la tasa del 30% a las pensiones o remuneraciones por servicios personales cumplidos en el país, regalías y otras rentas.
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